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AYUNTAMIENTO DE ARROYO DE LA ENCOMIENDA

Solicitar que las comunicaciones se realicen mediante una Notificación Electrónica en lugar de Correo Postal

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Solicitar que las comunicaciones se realicen mediante una Notificación Electrónica en lugar de Correo Postal

EN QUÉ CONSISTE

Este trámite permite a cualquier persona solicitar que las comunicaciones y notificaciones del Ayuntamiento de Arroyo de la Encomienda se realicen mediante notificación electrónica en lugar de correo postal.

Una vez presentada la solicitud, el sistema procesará automáticamente el cambio y, en un plazo máximo de 24 horas, configurará el usuario registrado para que reciba las notificaciones exclusivamente de forma electrónica a través de la sede electrónica.

PARA QUÉ SIRVE

Este procedimiento garantiza que las comunicaciones con el Ayuntamiento se realicen de manera más rápida, segura y accesible, evitando esperas y desplazamientos. Además, ofrece disponibilidad permanente de las notificaciones en la sede electrónica.

FUNDAMENTO LEGAL

  • Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
  • Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
  • Normativa municipal sobre administración electrónica y notificaciones.

DESTINATARIOS

Todas las personas físicas y jurídicas que deseen recibir sus notificaciones municipales exclusivamente de forma electrónica.

PLAZO DE RESOLUCIÓN Y RECURSOS

  • Plazo de presentación: en cualquier momento.
  • Plazo de resolución: la activación del canal electrónico se producirá en un máximo de 24 horas desde la presentación de la solicitud.
  • Contra la configuración del sistema no procede recurso administrativo, sin perjuicio de los recursos que puedan interponerse frente a los actos administrativos notificados.

ÓRGANO COMPETENTE PARA RESOLVER

Ayuntamiento de Arroyo de la Encomienda, a través del área de administración electrónica.

COSTE Y FORMA DE PAGO

La solicitud de notificación electrónica es gratuita.

DOCUMENTACIÓN NECESARIA

  • En el caso de tramitación presencial, es necesario acreditar la identidad mediante la presentación del DNI, NIE u otro documento identificativo.
  • En el caso de tramitación online, se requiere acceder con Certificado Digital o sistema Cl@ve.
  • Si actúa un representante, deberá aportar la correspondiente autorización y copia de los documentos identificativos del interesado y del autorizado.

FORMAS DE PRESENTACIÓN

  • A través de la sede electrónica del Ayuntamiento (requiere certificado digital o sistema Cl@ve, revise los requisitos técnicos)
  • Presencialmente en la Oficina de Asistencia en Materia de Registro (OAMR), situada en la Plaza España, 1.

Requisitos de la instancia

  • La instancia deberá ser firmada
  • Se requiere que la representación de todos los interesados sea comprobable electrónicamente, es decir, si un interesado actúa con representante, debe estar autenticado con el certificado digital de representante correspondiente, o bien, tener un apoderamiento para cualquier trámite de ese interesado registrado en el sistema Apodera de la AGE. También se permite que el propio interesado, autenticado mediante certificado digital o Cl@ve, nombre como representante a cualquier persona.
  • Permite interesados que sean personas físicas
  • Permite interesados que sean personas jurídicas
  • Permite interesados que sean personas físicas representadas por otra persona física
AYUNTAMIENTO DE ARROYO DE LA ENCOMIENDA - P4701100B
Plaza España 1
47195 Arroyo De La Encomienda (Valladolid)
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