Si necesita un volante o certificado de empadronamiento para usted mismo y dispone de certificado digital, Cl@ve u otro sistema de identificación electrónica, puede obtenerlo de forma inmediata utilizando el trámite “Obtención al instante del Volante o Certificado de empadronamiento”.
Este trámite está pensado para solicitar el volante o certificado de empadronamiento de otra persona distinta del solicitante. En ese caso, el documento será tramitado por el Ayuntamiento y se enviará por correo postal al domicilio de la persona a la que corresponde el certificado o volante.
La certificación es el documento que acredita fehacientemente el hecho del empadronamiento de acuerdo con lo establecido en la Instrucción 8.1.1 de la Resolución de 29 de abril de 2020, de la Subsecretaría por la que se publica la Resolución de 17 de febrero de 2020, de la Presidencia del Instituto Nacional de Estadística y de la Dirección General de Cooperación Autonómica y Local, por la que se dictan instrucciones técnicas a los Ayuntamientos sobre la gestión del Padrón municipal (BOE 02/05/2020 - última actualización 08/02/2023).
Sirve para los casos en los que no es válido el volante de empadronamiento, en los que se específica que debe de ser necesariamente certificado, aunque el certificado de empadronamiento puede aportarse válidamente en todos los procedimientos administrativos tramitados en cualquier Administración Pública, independientemente de que dicha Administración exija al ciudadano la presentación de un certificado o de un volante.
Personas físicas residentes o que hayan residido en el Municipio de Arroyo de la Encomienda.
Estadística y Padrón Municipal.
Este procedimiento no tiene coste para el ciudadano